22 de noviembre de 2022

Desgravación fiscal


Ponemos en conocimiento de los hermanos y compromisarios que aquellos que deseen deducirse en la próxima declaración de la Renta las cuotas-donativos realizadas a la Hermandad durante el año 2022 deberán rellenar y hacernos llegar el impreso que se adjunta antes del día 20 de diciembre. El nombre que aparece en el impreso debe ser exactamente el que aparezca en la documentación fiscal del hermano/a o compromisario/a. Para la desgravación fiscal de las cuotas-donativos de hermano/a, se deberá estar al corriente de pago de la misma.

Recordamos que dicha desgravación fiscal según la normativa vigente conlleva una devolución del 80% en donaciones con cuantías anuales de hasta 150€ y del 35% una vez superados los 150€ anuales. De esta manera los hermanos que se acojan a dichas bonificaciones fiscales y hayan realizado durante el ejercicio 2022 donaciones anuales de 150€ a la Hermandad, en su declaración de la Renta le saldrá a devolver 120€ de dichas donaciones. En caso de la cuota-donativo de 24€, se beneficiarán de una devolución de 19,2€. Las donaciones que se realizan a entidades sin ánimo de lucro son acumulativas en su conjunto para la desgravación fiscal. Para cualquier consulta o duda pueden ponerse en contacto con esta Hermandad por correo electrónico o escribiendo al WhatsApp de la Hermandad (644 684 750).